Patrocinador conjunto en la visa de cónyuge: ¿Cuándo lo necesito?
Para iniciar el proceso de solicitud de una visa de cónyuge es necesario contar con un patrocinador, este patrocinador debe ser el cónyuge de la persona que desea entrar legalmente a los Estados Unidos.
Por cónyuge se conoce al esposo o esposa legal, por lo que para la petición y solicitud de dicho visado la pareja debe tener un matrimonio legalmente constituido. Sin embargo, existen algunos requerimientos obligatorios para iniciar con el proceso de patrocinio y solicitud del visado.
Uno de estos requerimientos es el juramento para la responsabilidad de patrocinio económico a la persona que desea ingresar a los Estados Unidos. No obstante, en caso de no cumplir con este mínimo de ingreso económico, el patrocinador puede optar por un patrocinador conjunto, quien será la persona encargada de contribuir con el financiamiento económico del patrocinado durante la vigencia de su visado.
¿Quién puede ser mi patrocinador conjunto?
El patrocinador conjunto puede ser cualquier persona allegada al patrocinador oficial. En este sentido, un familiar, amigo o compañero laboral puede servir como patrocinador conjunto. Sin embargo, es importante considerar que para serlo hay que tener plena consciencia que en caso de que el patrocinador oficial no pueda cumplir con las obligaciones económicas para su patrocinado, será el patrocinador conjunto quien deba responsabilizarse legalmente de ello.
¿Cuáles son las obligaciones de este patrocinador adjunto?
El patrocinador conjunto tiene las mismas obligaciones que el patrocinador oficial, por lo que es importante tener plena consciencia que las responsabilidades económicas del patrocinado deben suplirse en todo momento. Así mismo, si el patrocinado recibe algún tipo de ayuda institucional, becas o préstamos durante el tiempo que ha sido patrocinado, serán los patrocinadores quienes deban costear estos gastos y pagos, aun cuando el estatus legal y migratorio del patrocinado haya cambiado.
En conclusión, los patrocinadores son los responsables de las obligaciones económicas del patrocinado mientras que su estatus legal se encuentra bajo el patrocinio del cónyuge y el patrocinador conjunto.
¿Cuándo deja de ser necesario el patrocinador?
Cuando se inicia una solicitud de visa de cónyuge y el patrocinador no cuenta con los recursos económicos mínimos requeridos es necesario buscar un patrocinador conjunto que pueda suplir estas necesidades económicas para la aprobación de dicho visado. Se recomienda que este patrocinador conjunto sea una persona de completa confianza, ya que cuando se realiza la entrevista en las oficinas del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos se llevan a cabo preguntas personales que permitan confirmar que existen lazos fuertes entre los patrocinadores y que ambos, en conjunto, puede responsabilizarse del patrocinado.
Los requerimientos para ser un patrocinador conjunto son:
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Se debe ser mayor de edad, es decir, tener 18 años cumplidos
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Poseer ciudadanía o residencia en los Estados Unidos. Sin embargo, para el caso de la residencia no se puede aplicar patrocinio para algunos tipos de visa específicas
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Cumplir con el ingreso económico solicitado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. En este caso se recomienda que el ingreso económico sea 150% a 200% del mínimo requerido, ya que esto puede agilizar el trámite.
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Estar domiciliado dentro de los Estados Unidos
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Poder comprobar su vínculo con el patrocinador oficial